El cese de las hostilidades es el primer gesto humanitario que debe rodear la voluntad de paz.

El horror e indignación que producen las grandes violaciones de derechos humanos se manifiesta también como sensibilidad ante el dolor y el sufrimiento del otro, y como forma de resistencia ante ese tipo de vejámenes que afectan la existencia misma de la humanidad. La narración de las historias de las víctimas de las guerras en el mundo dejan ver la sinrazón de estas, y la necesidad de terminarlas de manera civilizada. De ahí la importancia para el país de rodear los diálogos sobre el proceso de paz que se realiza en La Habana entre el Estado y la insurgencia. Las víctimas hoy se hacen visibles, y como dice Reyes Mate en su texto Justicia de las víctimas, “han dejado de ser el precio silencioso de la política y de la Historia”.

Como lo confirmó en reciente informe el Grupo de Memoria Histórica, “entre 1958 y 2012 el conflicto armado ha ocasionado la muerte de por lo menos 220.000 personas”,1 así mismo manifiestan que la apropiación, el uso y la tenencia de la tierra han sido motores del origen y la perduración del conflicto armado.

De otra parte, el conflicto armado, profundizado y degrado por las alianzas estratégicas entre el poder político y el económico para la imposición y la sostenibilidad de modelos económicos basados en la ley del crecimiento económico, la extracción, explotación de recursos naturales y su entrega a empresas privadas nacionales e internacionales, así como las políticas de gobierno en consonancia prioritaria con ese modelo en expansión, han generado profundas desigualdades sociales.

El contexto de desigualdad social que invocan las farc-ep como uno de los móviles para mantenerse levantadas en armas durante tantas décadas, se ve reflejado en las cifras del dane, según las cuales a junio de 2013 “la pobreza afecta al 34 por ciento de la población, y la miseria, al 10 por ciento, alrededor de esos números 

hay una enorme desigualdad que va desde 13 por ciento de pobreza en Bogotá, 2 por ciento de pobreza extrema y, hasta 64 por ciento en el Chocó, con 34 por ciento de pobreza extrema, así como un desplazamiento forzado”.

Los más de cincuenta años de perduración del conflicto armado y la constante violación a los derechos humanos y al derecho internacional humanitario han dejado millones de víctimas despojadas y desplazadas de sus territorios, sin que las políticas del gobierno durante décadas abordaran sus obligaciones internacionales y nacionales de garantizarles y restablecerles los derechos. Fue solo hasta el año 2004 en que la Corte Constitucional, ante la constante exigibilidad de las víctimas y las acciones de tutela, dictaminó en la ST-025 de 2004 el estado de cosas inconstitucional frente a los derechos de las personas sujeto del desplazamiento forzado que de manera general y sistemática se ha producido en el país por más de veinte años, que el gobierno se vino a ocupar de generar unas políticas más definidas sobre esta obligación constitucional.

Recientemente, el gobierno colombiano y las guerrillas de las FARC (octubre 9 de 2012) suscribieron un Acuerdo General con el propósito de crear condiciones para avanzar vía diálogo hacia un Acuerdo Final para la terminación del conflicto armado y la construcción de un proceso de paz que sea estable y duradero. Este último aspecto se vincula con la generación de un marco transicional de justicia que ayude a transformar las condiciones de injusticia social, política y económica que han actuado como caldo de cultivo para el conflicto social y armado; contribuya

a la identificación y sanción de los responsables de esas graves violaciones a derechos humanos; y se logre la desestructuración de los crímenes de poder a fin de que no se vuelva a repetir esa historia de vejaciones.

En consonancia con lo anterior, desde estas páginas convocamos a los diversos sectores económicos, sociales y culturales a abordar de manera abierta la inequidad que mantiene el modelo económico y político, y a superar la tendencia de presentar la pobreza, la fragilidad y la violación de los derechos de las víctimas como efectos del conflicto armado, construyendo, de paso, un imaginario social que oculta la concentración de la riqueza, el reparto del poder en pocas manos y el modelo de explotación económico como causas estructurales y reales del conflicto social. La construcción de una cultura de paz pasa por mostrar, primero, que estos desequilibrios de los sistemas políticos, económicos y culturales perpetuarán el modo actual de resolver las situaciones vía los conflictos; segundo, por comprender que es necesario que la palabra argumentada llene el lugar que hasta hoy han ocupado las armas al resolver, o más bien prolongar, los conflictos estructurales del país.

La dirección de Criterio Jurídico Garantista hace un llamado al gobierno a replantear su posición de continuar en la ofensiva hasta tanto se suscriba el acuerdo que ponga fin al conflicto. El cese de las hostilidades es el primer gesto humanitario que debe rodear la voluntad de paz; el protagonismo de las víctimas, su dolor y su sufrimiento hacen imperativa la obligación de garantizar sus derechos fundamentales y evitar que se produzcan más víctimas.

El Cuarto Congreso Internacional de Derechos Humanos que convoca este año nuestra Universidad
tiene como tema “La justicia transicional. Experiencias compartidas sobre procesos de paz”, y contará con expertos nacionales e internacionales interesados en aportar a las discusiones sobre el
proceso de paz que se desarrolla con ocasión de los diálogos de La Habana.

Criterio Jurídico Garantista, consecuente con su tradición de pensamiento comprometido con la construcción de una cultura de paz y derechos humanos, promueve la importancia de abrir espacios de discusión permanente sobre temas directos o transversales que permitan avanzar de manera definitiva hacia el fin de la guerra. Algunos de los artículos contenidos en el presente número responden a dicho propósito, visto desde el derecho público nacional o internacional, mientras otros se ocupan de aspectos que por su naturaleza más individual podríamos ubicar en la esfera del derecho privado.

El primer bloque abre con el artículo de la profesora de la Escuela de Derecho de la Sorbonne,
Laurence Burgorgue-Larsen, La jurisprudencia de las Cortes constitucionales europeas sobre el derecho de las personas y de la familia, en el que nos muestra la evolución de los tribunales europeos a propósito de las personas y las colectividades que dada su fragilidad han sido más discriminadas (familia, uniones homosexuales, migrantes) y cómo han sido protegidos sus derechos tomando la dignidad humana como eje, como principio y como derecho. Aquí se ubican también los artículos Desarrollo del derecho internacional humanitario en la legislación y la justicia penal colombiana, del grupo de investigación “Libertad y Garantismo” conformado por Dídima Rico, Gloria Cuartas y Karen Salazar, donde se exponen las aproximaciones y resultados del análisis comparativo sobre la implementación de los bienes jurídicos protegidos por el derecho internacional humanitario (DIH) incorporados en la legislación penal colombiana; La nueva izquierda Latinoamericana: el caso del PDA, en el que el profesor Gabriel Becerra plantea como reto para la izquierda colombiana “ser capaz de reafirmar su ideario transformador como fuerza política alternativa de las clases subalternas, con una clara y definida vocación de poder, dispuesta a disputarle la hegemonía dominante a las fuerzas tradicionales”; en Antecedentes del fenómeno paramilitar en el Distrito Capital, José María Álvarez Manrique y José Rubiel Vargas Quintero inician presentando los hechos que protagonizaron los grupos ilegales provenientes básicamente de los ejércitos privados de esmeralderos de Boyacá que
se asentaron en localidades del sur de Bogotá en el 2001, y continúan con el análisis y reflexión sobre la Ley de Justicia y Paz y los alcances de la justicia transicional en el marco de la Ley 975 de 2005; Criterios de aplicación de la autoría en la Ley de Justicia y Paz, nos presenta las consideraciones que la docente e investigadora Beatriz Cuervo Criales hace sobre la imputación de la autoría y participación a través de aparatos organizados de poder y las dificultades en su aplicación dentro del proceso de justicia transicional en Colombia.

En el segundo bloque encontramos: El análisis económico del derecho de los activos intangibles: costos de transacción, donde sus autores, Javier Francisco Franco Mongua y Jaime Alberto Manrique Rodríguez nos presentan el tema desde la perspectiva del análisis económico del derecho, profundizando en las marcas, secretos comerciales, industriales y know how, que generan costos de transacción, enmarcados en el derecho intelectual; los docentes e investigadores Clara Elena Pardo y Carlos Arturo Hernández, en La interpretación de las cláusulas del contrato estatal en el marco del orden jurídico se ocupan de los objetivos que persigue la interpretación del contrato: dilucidar la voluntad de los contratantes, con el fin de dar un correcto y razonado alcance a las obligaciones que de él se generan, dentro del marco del respeto a la normatividad que gobierna la actividad del Estado; Riesgos laborales para estudiantes, pasantes y practicantes empresariales. Análisis regional, expone el trabajo adelantado por un grupo de estudiantes de la Universidad Libre, que bajo la coordinación del docente e investigador Luis Alberto Torres Tarazona hicieron el análisis jurídico del numeral 3º, del literal (a) del artículo 13 del Decreto 1295 de 1994 que reglamenta la obligatoriedad de la afiliación al Sistema de Riesgos Laborales de los estudiantes, practicantes o pasantes, y mediante un ejercicio de derecho comparado buscaron demostrar la falta de eficacia de la norma. Finalmente, La función registral y la sentencia que juzgó una anotación en el registro, es el título que la doctoranda
Sara Marlen Molina Walteros escogió para presentar el análisis crítico racional normativo de una sentencia proferida en la jurisdicción contencioso administrativa relacionada con la transferencia de dominio de un bien inmueble a un municipio mediante una “anotación registral”.

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1. Centro de Memoria Histórica. ¡Basta ya! Colombia: memorias de guerra y dignidad. 2012, p. 20.


Dídima Rico Chavarro
Editora. Docente e investigadora fuac.
Directora grupo de investigación Estudios Políticos,
Normativos y de Derechos Humanos.

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